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COMUNIDAD RECINTO PUERTO RICO SUFRE REPRESIÓN POR EXIGIR LA REPARACIÓN INTEGRAL DE SU TERRITORIO.
31/Mayo/011. Clínica Ambiental-Acción Ecológica. Maestría de salud con Enfoque de Ecosistemas, Facultad de Ciencias Médicas, Universidad de Cuenca. Observatorio Regional de Salud Colectiva, Universidad Andina Simón Bolívar. El día Lunes 30 de Mayo de 2011, la Comunidad Recinto Puerto Rico, cantón Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos, inició una nueva paralización impidiendo el ingreso de los carros recolectores de basura al botadero municipal. Sus demandas: el cumplimiento de la resolución de la Defensoría del Pueblo del Ecuador y de la sentencia de Corte Provincial de Sucumbíos para la reparación integral de sus territorios. La Respuesta del Gobierno Local: la militarización del territorio, la persecución y la represión.
“…solamente cuando la basura empiece a estorbarles en la ciudad, van a comprender lo que nosotros hemos vivido. Aquí nos tienen secuestrados, no tenemos agua, toda la contaminación baja por los esteros a nuestras fincas, el olor, las moscas, las ratas, todo eso nos tiene sin salud, sin vida” Durante 14 años esta comunidad se ha visto afectada por la ubicación a 200 metros de un botadero a cielo abierto en el que se dispone un estimado de 300 toneladas semanales de Residuos Sólidos (RS), mezclados con biopeligrosos y desechos industriales. En el mes de octubre del 2008, la Defensoría del Pueblo reconoce que a la Precoperativa Puerto Rico se le han violado derechos fundamentales garantizados en la Constitución Política del Estado y establece que la responsabilidad de estas violaciones a los derechos humanos corresponde a los personeros de la I. Municipalidad del Cantón Lago Agrio. Así también la Defensoría dispone tomar de manera urgente las medidas de control ambiental y la clausura del referido botadero de basura, en virtud que en actas consta que ha excedido el tiempo de vida útil de seis años para su funcionamiento. El 13 de Agosto del año 2009, el señor Alcalde Yofre Poma Herrera, socializó ante los medios de comunicación, concejales, Directores Departamentales y otros actores sociales y con la presencia de los técnicos de la empresa Natura Inc., de Quito (adjudicataria del contrato de los estudios para el nuevo relleno sanitario de Nueva Loja) el proyecto para la construcción de un nuevo relleno sanitario. Natura Inc., fue contratada por el Municipio de Lago Agrio a finales del 2008 y recibió el anticipo del 70% del contrato el 29 de julio del 2009, teniendo plazo para entregar los estudios del Nuevo Relleno Sanitario en 105 días, es decir, hasta el 13 de noviembre de 2009. El monto total del estudio es de 75 mil dólares…. . Los estudios definitivos aún no han sido presentados. En el año 2009, Jacinto Saulo Obando Mera, interpuso acción de protección, en calidad de presidente y representante legal del comité “Pro mejoras Puerto Rico”, contra el Alcalde y Procurador Síndico del Municipio de Lago Agrio. El juez del Juzgado Primero del Trabajo de Sucumbíos, en primera instancia, resuelve, con fecha 13 de Agosto de 2009, conceder la acción de protección interpuesta, disponiendo la clausura del “relleno sanitario” en el plazo perentorio de ocho (8) meses contados a partir de la notificación de la sentencia. Esta resolución de primera instancia fue apelada por el Municipio ante la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos, cuya resolución rechaza la apelación interpuesta y ratifica la sentencia emitida en primera instancia, disponiendo en su parte resolutoria la clausura del relleno sanitario en el plazo perentorio de doce (12) meses, contados a partir de la notificación de la presente sentencia. El Plazo se cumplió el 6 Noviembre de 2010. El 6 de Junio del 2011, 7 meses luego de cumplido el plazo para el cierre técnico, se cumple el plazo para la Reparación Integral del Territorio. Resulta aún más preocupante que el informe de evaluación Integral de las Iniciativas de Compensación Social del Proyecto de Reparación Ambiental y Social del Ministerio del Ambiente de Ecuador, en comunidades afectadas por la explotación Hidrocarburíferas estatal, reconoce que “La Municipalidad de Lago Agrio, a la fecha no cuenta con un Plan de Mejoramiento de la Gestión Integral de Residuos Sólidos… Es importante destacar que los residuos hospitalarios, no reciben trato diferenciado y se mezclan en el sitio de disposición final, lo que genera un alto riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales que fluyen alrededor del sitio de la disposición final”…. Así también, en la evaluación del ítem PROYECTOS DE DESECHOS SÓLIDOS, citamos textualmente el cuerpo del documento: “La parte alta del terreno dispuesto para el relleno sanitario de Lago Agrio se encuentra cubierto con basura dispersa. Se observa una gran cantidad de aves de rapiña y moscas, estas se alimentan de desechos expuestos. … Adicionalmente se observa la basura expuesta sin cobertura, encontrando en algunos lugares, sobre todo en aquellos donde funcionaba con anterioridad el botadero de basura, el crecimiento de hierbas y vegetación propia del sector sobre la basura depositada… Por lo mencionado se puede concluir que el botadero actual es un foco importante de contaminación hacia el entorno donde se ubica. No se identifica un manejo técnico adecuado. El proceso de confinamiento de los residuos sólidos en el sitio de la disposición final, por lo general se realiza como un proceso de botadero controlado por lo que existe contaminación, por lixiviados, de las fuentes cercanas de agua. La materia orgánica contenida en estos lixiviados disminuye el oxígeno disuelto y aumenta los nutrientes, N y P, lo que ocasiona el aumento descontrolado de algas y genera procesos de eutrofización. Es muy notaria la presencia de pasivos ambientales por la existencia de anteriores botaderos de basura. No existe evidencia de que el proyecto tenga el estudio de impacto ambiental y que a base de este se haya obtenido la licencia ambiental . Este 6 de Junio se cumple el plazo asignado y la situación no ha cambiado: • Contra lo establecido en las normativas nacionales e internacionales, el 58,97% de las viviendas de la comunidad se encuentran ubicadas a menos de 1 Km del basural. • La falta de acceso a servicios básicos agudiza la problemática, el 96,8% de la comunidad bebe agua insegura, 96,9% arroja la basura a la superficie (otra gran paradoja), 46,8% elimina excretas al aire libre . • La debilidad en la institucionalidad del gobierno local ha llevado a la asignación de acciones nada más paliativas en lugar de resolver estructuralmente la problemática, una de estas ha sido la contratación de una empresa de control de plagas “boiocontrol” para la fumigación de vectores en el basural y las viviendas. Resulta en extremo preocupante, que la comunidad no conoce los riesgos ni las medidas de protección que deben considerarse frente a las fumigaciones y más aún que la práctica de fumigaciones intra-domiciliarias ha sido cuestionada y eliminada a nivel internacional. • Las afecciones asociadas directamente a la contaminación ocasionada por la inadecuada disposición y tratamiento de RS en el basural de Lago Agrio, se observan en tres niveles: medio ambiente (contaminación de agua, aire, flora, fauna, paisaje); comunitario y familiar (división y fragmentación comunitaria, afecciones en la economía, etc.); individual (presencia de patologías directamente asociadas). • Las condiciones de trabajo de recicladores/as es alarmante: no tienen reconocimiento legal, no pertenecen a ninguna asociación u organización, no reciben apoyo económico, no tienen un salario asignado, carecen de medidas de protección, no existe control del estado de salud ni atención médica periódica, se encuentran en contacto con desechos biopeligrosos e industriales, etc. En este contexto y sobre la base del Art. 46.- Principio Precautorio: En caso de existir peligro de un daño grave o irreversible al ambiente, la ausencia de certidumbre científica, no será usada por ninguna entidad reguladora nacional, regional, provincial o local, como una razón para posponer las medidas costo-efectivas que sean del caso para prevenir la degradación del ambiente. La Ilustre Municipalidad del Cantón Lago Agrio debe garantizar la inmediata reparación integral del sector (restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción; y las garantías de no repetición de las conductas), así mismo está en la obligación de promover un cambio de concepción frente a la comunidad y a los/las recicladores/as, un imperativo urgente sería transitar de la actual mirada vertical y de oposición-enemistad hacia una concepción solidaria, horizontal, responsable y participativa. El derecho a un medio ambiente saludable debe ser considerado como principio superior, la contaminación de agua, aire, suelo, afecciones en flora, fauna y paisaje a causa de la inadecuada disposición y tratamiento de RS, agudizan la situación de inequidad y pobreza en la que viven los habitantes de la Comunidad Recinto Puerto Rico. Esta comunidad y en especial sus recicladores/as sufren un proceso de habituación y naturalización de estilos y modos de vida violentos, carentes de todo derecho se los ha ubicado a nivel de “basura humana”, de ahí la urgencia de establecer procesos de desnaturalización, reconocimiento y revalorización del trabajo en reciclaje, así como la aplicación inmediata del principio precautorio y de reparación integral. Jacinto Saulo Obando Mera. Ma. Fernanda Solíz. Presidente del Comité Promejoras Puerto Rico. Acción Ecológica- U. Cuenca-UASB
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